Comparte!!!

16 de marzo de 2026.- La Alcaldía Bolivariana de Maracaibo, a través del Centro de Procesamiento Urbano (CPU) hizo un llamado público a los dueños de un terreno en estado de abandono, ubicado en la avenida El Milagro con calle 75D, a ponerse a derecho para regularizar la situación con este inmueble.‎‎“Otro terreno abandonado, éste se encuentra ubicado diagonal al gimnasio vertical de Paz y Vida construido por el Gobierno nacional. Son espacios que la ciudad tiene que recuperar”, dijo Miguel Silva, Intendente del CPU.‎‎Enfatizó que «el alcalde Giancarlo Di Martino ha sido tajante: No hay ni habrá expropiación alguna en Maracaibo. El objetivo es la recuperación urbana, no la toma de propiedad privada. Pero sí invitamos a los propietarios a que nos acompañen en la reconstrucción de nuestra capital, a cumplir con su responsabilidad como ciudadanos”.‎‎Alertó que estos terrenos abandonados, o en estado de ociosidad, se convierten en guarida para delincuentes y en foco de desechos, afectando a la comunidad.‎“Cualquier evento que se produzca aquí, como un incendio, afecta a los vecinos, a los residentes de los edificios adyacentes, a quienes asisten al gimnasio”, dijo Silva.‎‎Por ello insistió: “Necesitamos que los propietarios de este terreno se presenten en las oficinas del Centro de Procesamiento Urbano o en la sede del Instituto Municipal del Ambiente, porque tienen que cumplir las normativas jurídicas y ambientales”.‎‎Obligación de cumplir las ordenanzas‎‎“Cada dueño debe cumplir con las ordenanzas municipales y el pago de tributos correspondientes”, dijo el Intendente del CPU.‎‎A este llamado se unió el presidente del Instituto Municipal del Ambiente, Janner Pérez, quien detalló que se continúa con los operativos constantes de fiscalización y notificación de terrenos ociosos y en estado de abandono. «Es una tarea fuerte, pero buscamos sanear espacios”, dijo el presidente del IMA, adscrito a la Alcaldía Bolivariana de Maracaibo.‎‎“Las notificaciones están amparadas en la ley, es por ello que el dueño del inmueble notificado debe acudir al Instituto Municipal del Ambiente para ponerse a derecho y solventar su situación”, instó Pérez.‎‎Ordenanza ambiental‎‎El presidente del IMA explicó que los artículos 53, 54 y 55 de la Ordenanza de Gestión Ambiental Municipal establecen las obligaciones de los propietarios de terrenos e inmuebles en la ciudad.‎‎

El capítulo 1 del artículo 55, por ejemplo, indica que: “Son obligaciones a cargo de los propietarios o poseedores de los inmuebles a que se refiere este capítulo de los terrenos desocupados, enmontados, subutilizados y ociosos: Permitir el acceso y las inspecciones que sean necesarias en el inmueble de su propiedad o posesión, cuando sea requerido por los funcionarios, debidamente facultados para ello por el Instituto Municipal del Ambiente (IMA)”.‎‎

Janner Pérez, presidente del IMA

Agrega esta norma que el IMA “podrá practicar estas inspecciones con otros entes y órganos del municipio, así como con la asistencia de empresas públicas o privadas, según lo estime necesario, a los fines de determinar o descartar la existencia de riesgos para la salud o seguridad de las personas, los bienes o al ambiente”.‎‎

Esta ordenanza municipal también contempla la obligación de los propietarios de mantener en funcionamiento “cualquier sistema para el control de las aguas del inmueble de su propiedad o posesión (…) a los efectos de evitar filtraciones, inundaciones, desbordamientos, erosión del terreno y olores desagradables”.

‎‎Menciona también este reglamento la obligación de los dueños de mantener el sistema eléctrico y de “adoptar las medidas necesarias para garantizar la estabilidad del suelo, muros o edificaciones de cualquier tipo que existan en su inmueble, manteniendo una vigilancia y control permanentes, sobre su estado, estabilidad y seguridad”.‎‎Prensa Alcaldía Bolivariana de Maracaibo

Miguel Silva, Intendente del CPU